Herencia-sucesiones-testamento-legado
Una vez que en el seno de un procedimiento mortis causa por el cual se acredita quienes son los herederos o legatarios quienes tiene derecho a heredar bienes o derechos y una vez se ha realizado convenientemente todos los pasos por los cuales se gestiona una herencia ( vistos en artículos anteriores) , llegamos al último episodio o etapa que pasa por el cobro de una determinada cantidad ( según herencia) y que normalmente ha de ser a través de la correspondiente entidad bancaria.
Para retirar una cantidad liquida del banco en el cual esté depositado el haber dinerario , el banco solicitará una serie de documentos como son:
certificado de defunción
registro de acto de últimas voluntades
copia autorizada del testamento o en caso de no existir un acta de notoriedad
adjudicación ( pudiendo ser documento privado en este caso)
copia de liquidación de impuestos ( Sucesiones y donaciones)
Una vez la entidad tenga documentado toda esta información, deberá informar a los herederos de la situación de las cuentas así como de los movimientos que haya registrado la misma posteriormente al fallecimiento del causante.
BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS