TRAMITES NECESARIOS PARA COBRAR LA HERENCIA EN EL BANCO

Herencia-sucesiones-testamento-legado

Una vez que en el seno de un procedimiento mortis causa por el cual se acredita quienes son los herederos o legatarios quienes tiene derecho a heredar bienes o derechos y una vez se ha realizado convenientemente todos los pasos por los cuales se gestiona una herencia ( vistos en artículos anteriores) , llegamos al último episodio o etapa que pasa por el cobro de una determinada cantidad ( según herencia) y que normalmente ha de ser a través de la correspondiente entidad bancaria.

Para retirar una cantidad liquida del banco en el cual esté depositado el haber dinerario , el banco solicitará una serie de documentos como son:

certificado de defunción

registro de acto de últimas voluntades

copia autorizada del testamento o en caso de no existir un acta de notoriedad

adjudicación ( pudiendo ser documento privado en este caso)

copia de liquidación de impuestos ( Sucesiones y donaciones)

Una vez la entidad tenga documentado toda esta información, deberá informar a los herederos de la situación de las cuentas así como de los movimientos que haya registrado la misma posteriormente al fallecimiento del causante.

BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS

917 88 66 11

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