LEY SEGUNDA OPORTUNIDAD .

REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Debido a la situación económica y financiera de los últimos años, las personas físicas y autónomos han sufrido la imposibilidad de poder sobreponerse a circunstancias concretas de endeudamiento. En este contexto surge la Ley de la segunda oportunidad que viene regulada en la Ley 25/2015 de 28 de Julio de mecanismos de segunda oportunidad , reducción de carga financiera y otras medidas de contenido social.

Este mecanismo legal tiene como principal objetivo, ofrecer una alternativa viable a la persona física que, por circunstancias ajenas, no puede encarar o cumplir sus deudas y en la medida de lo posible dar cierto cumplimiento a la misma , excluyendo la responsabilidad universal del deudor. Es decir, efectivamente y como indica su propio nombre , ofrece una nueva oportunidad a la persona física o autónomo para poder emprender una nueva vida económica libre de cargar.

Hay que tener en cuenta que esta ley no es una mea herramienta para librarse de las deudas, sino que va dirigido a deudores que habiendo sido responsables y que tienen un buen historial de “pagadores”, debido a unas circunstancias concretas no pueden pagar sus deudas actuales lo cual les aboca a un estancamiento económico sin posibilidad de progresar.

Así pues la persona física que se acoja a dicha Ley tiene que cumplir unos requisitos mínimos:

– Falta de culpabilidad de la deuda, s decir que esa situación económica no sea consecuencia de imprudencia o dolo.

-Veracidad acerca de su situación de insolvencia

– No haber sido condenado por delitos económicos o fiscales-

-Intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores.

– Que no ha existido beneficio e condonación o exoneración de deudas en los últimos 10 años.

– No haber rechazado ofertas de trabajo.

– No superar el importe de la deuda de 5 millones de Euros.

Los requisitos expuestos anteriormente han de ser probados por el deudor queando patente su buena fe y falta de culpa en la situación en la que se encuentra.

En Bordoy y Verumendi Abogados podemos ayudarle a planificar su situación económica con , entre otras , esta Ley, encaminando el procedimiento a un acuerdo extrajudicial y como última instancia a una exoneración de la deuda por el procedimiento establecido para ello.

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