DIVISIÓN JUDICIAL DE LA HERENCIA

Herencia-sucesiones-acciones

En ocasiones cuando no existe acuerdo para realizar la partición de una herencia habrá que acudir a la vía judicial.

En este sentido procedimiento judicial para la división de la herencia viene regulados en la Lec 1/2000 , en sus artículos 782-789.

Es importante señalar las distintas fases en las que se compone esta acción y de la cual desarrollaremos su procedimiento en próximos artículos:

  1. Solicitud
  2. Formación de inventario ( revia intervención caudal)
  3. Se realiza o nombra junta designación partidor-contador.
  4. Realización de operaciones divisorias por parte del contador: En esta fase hay dos supuestos , por un lado una conformidad con dicha división o bien una oposición la cual dará lugar a un Juicio Verbal.
  5. Aprobación y correspondiente protocolización.

BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS

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