MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO

DERECHO LABORAL- CAMBIO CONDICIONES – DERECHOS LABORALES

En esta ocasión hablaremos de Derecho Laboral; concretamente de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo: en que consiste, cómo y hasta donde afecta a los derechos de los trabajadores y que límites tiene el empresario en este sentido.

Aunque las condiciones laborales son acordadas al inicio del contrato, las mismas pueden variar a lo largo de la vida del contrato de trabajo, bien por acuerdo entre las partes o unilateralmente impuestas por el empleador. Lógicamente esta modificación ha de responder a unos motivos o causas objetivas que las justifiquen. Dependiendo al número de trabajadores que afecten dichas modificaciones , el empresario deberá seguir un procedimiento distinto según el ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES. Deberá en todo caso la modificación en cuestión respetar lo estipulado en el convenio colectivo a aplicar.

El Tribunal Supremo defiende que dicho modificación a de atender de manera general a una mejora de la situación de la empresa, teniendo en cuenta esto, bajo ninguna circunstancia las mismas podrán suponer un empeoramiento en los Derechos del trabajador reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores o Convenio colectivo correspondiente.

Las materias que suelen verse afectadas en un procedimiento de este tipo son las siguientes:

Duración de la jornada de trabajo

Turnos , horario y distribución del tiempo de trabajo

Sistema de retribución ( incentivos, comisiones…)

Mención especial merece aquí la movilidad funcional, pues supone ciertamente un cambio sustancial , si bien viene determinada su regulación a parte en el Estatuto de los Trabajadores.

BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS

DERECHO LABORAL

Teléfono 91 788 66 11

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