LEX ARTIS .
Analizamos el concepto de ” Lex Artis” . El mismo está definido por el Tribunal Supremo en Sentencia de 18 de Diciembre de 2006 y de 23 de Mayo de 2006.
Es el criterio que valora qué diligencia ha de ser exigible en todo acto o tratamiento médico. En este sentido recalca la referida sentencia que la ” lex Artis”; entendida como normal de cuidado exigible, comprenderá no sólo la aplicación y cumplimiento de protocolos de las técnicas aceptadas por la ciencia médica y adecuadas a la buena praxis médica, sino también la aplicación de tales técnicas con el cuidado y precisión exigibles según las circunstancias.
La “Lex Artis” configura de manera práctica cómo se actúa de manera concreta ante una situación determinada.
Al destacar en la definición el carácter circunstancial de la lex artis , a menudo se habla de “Lex Artis ad hoc”.
Se trata de un concepto Jurídico indeterminado por lo cual será el Juez quien evalúe en cada caso si dicha Lex artis, se ha respetado
BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS