PUEDEN LOS BANCOS LIMITAR HORARIOS DE ATENCIÓN EN VENTANILLA

Mala praxis- Banca-Banco de España- Servicio atención ventanilla

En los últimos días hemos tenido conocimientos de la nueva obligación por parte de los bancos de tener que atender de manera presencial a ciertos grupos de usuarios que, por sus circunstancias tienen más dificultad para poder realizar sus gestiones de manera telemática.

Constituye una pequeña victoria dicho hito, frente a las entidades que, de una manera desproporcionada , abusiva y amparándose en sus propios intereses organizativos imponen horarios que restringen las gestiones para con los clientes.

Hay que tener en cuenta que algunos servicios han de prestarse si la entidad está abierta al público, como por ejemplo cuando la entidad es colaboradora con la administración en lo relativo al pago de impuestos o tasas.

Más grave y sangrante es el asunto, cuando la entidad ( de la cual somos clientes) se niega a que realicemos una retirada de efectivo en ventanilla. En este caso, no sólo hay un incumplimiento de contrato; ¿ Qué banco cuando firmamos los múltiples contratos de cuenta, nos limita a qué sólo podemos hacer retiradas de efectivo un determinado día de la semana? Hay unos límites en la prestación de servicios esenciales de los bancos. Muchas veces, las entidades tratan de manera distinta según que liquidez tenga o no el cliente.

Es importante defender nuestros derechos como clientes y consumidores, exigir el cumplimiento de las obligaciones que por contrato tiene el banco, no olvidar que el líquido que está depositado en la entidad, es eso, un depósito y que , como tal se ciñe a un contrato. Animamos a reclamar estas prácticas abusivas , acudir a los organismos superiores : Defensor del cliente y Banco de España a fin de poder poner en conocimiento de estos organismos que, el cliente no está conforme con estas prácticas.

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