Herencias- sucesiones- mortis causa- Derecho sucesiones
Según el artículo 667 del Código Civil se define como testamento el acto por el cual una persona «dispone de sus bienes después de su muerte…»
Efectivamente y , como sabemos, una persona puede decidir a quien dejará su patrimonio o parte de este una vez haya fallecido.
Este cuestión, fácil a priori, encierra una enorme casuística la cual , pone de manifiesto multitud de problemas, desacuerdos e incluso litigios, pues no siempre la voluntad de quien ha fallecido está clara o, si lo está, no siempre los herederos están conformes o, a su criterio, esta voluntad puede que no cumpla con los requisitos legales.
Así pues los problemas a encarar pueden ser múltiples:
Desacuerdo entre los herederos a la hora de realizar la partición
Desacuerdos a la hora de interpretar el testamento
No reconocimiento del testamento como válido
Personas que puedan reclamar su derecho como herederos o legatarios…
Sin duda por su dificultad técnica en lo relativo a la normativa , así como por su complejidad humana, pues es un área del derecho enmarcada en el ámbito familiar y, por tanto los conflictos a tratar pueden resultar en ocasiones, difíciles de moderar, aconsejan recurrir a despachos especializados en esta materia.
Bordoy & Verumendi Abogados
Sucesiones y Herencias
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