EL SESCAM QUITA LA CARRERA PROFESIONAL A LOS SANITARIOS PROCEDENTES DE OTROS SERVICIOS DE SALUD.

SESCAM- RESOLUCIÓN 9-9-2024-CARRERA PROFESIONAL-SANITARIOS-ENFERMERIA

Con la resolución del pasado 9 de septiembre, el Servicio de Salud de Castilla – La Mancha ( SESCAM) deja sin reconocimiento de la carrera profesional a los sanitarios que, teniendo reconocido el grado correspondiente de carrera profesional en sus servicios de salud de procedencia, pierden ahora dicho grado al incorporarse al Sescam.

Este atropello no termina aquí, ya que el Sescam, comunicaba esta «resolución» cuando los profesionales que habían trasladado su plaza, ya no podían renunciar a la misma, es decir, los profesionales que han trasladado su plaza, al conocer esta resolución no podían dar «marcha atrás» ante este perjuicio económico, ya que de hacerlo, perderían su plaza.

El SESCAM , es el único servicio de salud que, a día de hoy, no reconoce la carrera profesional a sus sanitarios. Además extiende esta injusticia a los que se incorporan procedentes de otros servicios de salud, es decir, le priva de un derecho adquirido en otras comunidad autónoma ( ganado también acudiendo a la vía judicial).

El Sescam, eso si, parece preocuparse por la igualdad en cuanto a que todos sus trabajadores carezcan de los mismos derechos.

Se ampara el servicio de salud de Castilla La Mancha, en un criterio jurisprudencial, que a fecha de hoy, desconocemos. Si bien, parece querer defender la igualdad en cuanto a malas condiciones tanto a fijos como a interinos.

Sólo queda abierta la vía judicial para tumbar esta resolución que, si atendemos a la jurisprudencia real , a lo largo y ancho del país viene a reconocer el derecho a la carrera profesional que no es otra cosa que el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual prestan sus servicios; correspondiendo a la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud establecer los principios y criterios generales de homologación de los sistemas de carrera profesional de los diferentes servicios de salud, a fin de garantizar el reconocimiento mutuo de los grados de la carrera, sus efectos profesionales y la libre circulación de dichos profesionales en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

Con respecto a este derecho se ha pronunciado incluso Europa, los argumentos esgrimidos en la lucha judicial contra las administraciones que no reconocían este derecho han sido difíciles de rebatir puesto que hasta nuestra Constitución lo ampara.

Como decimos todos los profesionales sanitarios ven reconocido este derecho, excepto en Castilla La Mancha que, incluso se lo arrebata a los que ya lo tenían reconocido en otras comunidades.

BORDOY & VERUMENDI ABOGADOS

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