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RECLAMACIONES POR DEFECTOS EN CONSTRUCCIONES NUEVAS

LOE- VICIOS DE CONSTRUCCION- PLAZOS RECLAMACION- CONSTRUCCION-DEFECTOS

En este artículo vamos a centrarnos en las reclamaciones que tienen por objeto los defectos que aparecen en una obra nueva o construcción de una vivida o inmueble.

En este caso nos referimos, efectivamente a construcciones nuevas, es decir adquiridas recientemente y que la responsabilidad de constructor o promotor, según el caso, puede ser directa.

A la hora de reclamar dichos defectos de construcción o vicios, hay que tener muy en cuenta los plazos ya que los mismos van a determinar la viabilidad jurídica de dicha reclamación.

En un primera aproximación debemos distinguir 2 conceptos que son de suma importancia:

Si bien y como veremos en futuros artículos habrá que determinar cual es el la acción mas conveniente a ejercitar sin olvidar que, a parte de la responsabilidad que determina la LOE existirá, dependiendo el caso, de una responsabilidad determinada por el contrato y que, por tanto, estará sometida a otros plazos.

Bordoy & Verumendi Abogados

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