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CONTENIDO DE UNA HERENCIA

HERENCIA- SUCESIONES- TESTAMENTO- BIENES – HEREDEROS

De manera genérica y , a grandes rasgos todos sabemos que bienes forman parte de la masa hereditaria que deja una persona al fallecer.

Efectivamente no tenemos duda que el dinero líquido o los inmuebles forman parte de los bienes que integran una herencia o masa hereditaria. Pero existen otros bienes que, bien por su carácter o bien por conformar derechos sometidos a una duración , pueden, según el caso formar parte de la herencia.

Así por ejemplo los bienes que fueran donados ( en vida) podrán integrarse o no en la herencia si ha existido , en su caso, un procedimiento civil encaminado a revocar esa donación y , en consecuencia a integrarlo en la masa hereditaria.

Como hemos comentado , hay derechos que por su duración ( vitalicia en este caso) no pueden integrarse dentro de la herencia , por ejemplo : usufruto, uso, habitación rentas vitalicias…

Tampoco formarán parte de la herencia , en este caso por su carácter personalísimo los derechos de carácter familiar , por ejemplo patria potestad, tutela … y tampoco formaran parte de esa herencia los derechos derivados de relaciones personales.

Hay que hacer especial mención a bienes que, por haberse determinado un destino concreto : bienes donados con pacto de reversión o bienes que hubieran de serle entregados al cónyuge sobreviviente sin podérselo imputar a su haber; ajuar de la vivienda habitual…

Por otro lado hay que dedicar un artículo a parte a las indemnizaciones derivadas del seguro de vida ya que, en este caso dependerá de si existe o no designación de beneficiario…

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